Ley N°5581/16 que modifica los Artículos 5° y 8° de la Ley N° 4758/12 “Que crea el fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (FONACIDE) y el Fondo para la Excelencia dela Educación y la Investigación”
En los documentos desplegados más abajo encontraran todo referente, según lo establecido en el párrafo siguiente…” Los organismos y entidades públicos que reciban y administren recursos del Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (FONACIDE) deberán además, publicar en un portal de internet información sobre los programas y proyectos financiados con dichos fondos, describiendo las metas, el grado de ejecución de las mismas y el presupuesto aplicado. La información deberá ser actualizada trimestralmente.”
Documentos de Referencia:
informe-fonacide-informe-fonacide-anexo-b-01-08-tercer-trimestre